“Se va a establecer una exención del 50% de las rentas derivadas de la transmisión de inmuebles urbanos que sean adquiridos entre el 11 mayo y el 31 de diciembre, siempre que no exista vinculación entre las partes”, dijo la Ministra de Fomento, Ana Pastor, tras el consejo de ministros. La exención, dijo la Ministra, será aplicable en el IRPF, en el impuesto sobre la renta de no residentes y en el impuesto de sociedades, por tanto, la exención se aplicará para personas físicas y para personas jurídicas.
Esta medida puede suponer un impulso para el mercado inmobiliario español y podrá beneficiar a aquellos compradores que no usarán estas casas como vivienda habitual pues cuando un particular vende su vivienda habitual, tiene una exención del 100% sobre la plusvalía (si dicho importe se reinvierte, en el plazo de dos años, en la compra de otra vivienda que vaya a ser considerada también como habitual).
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