Sobre la desgravación fiscal

Según las medidas anunciadas ayer por el presidente del Gobierno en el Congreso de los Diputados, se anunciaba la supresión de la deducción fiscal por compra de vivienda a partir del año que viene para nuevos compradores.

Probablemente te preguntes a quien afecta. Pues bien, la supresión de deducción fiscal por compra de vivienda entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2013, para quienes compren una vivienda destinado a residencia habitual, por la que no podrán desgravarse por ello en su IRPF, en el que hasta el momento los declarantes podian desgravarse el 15% de las cantidades destinadas a pagar una vivienda (hasta un máximo de 9.000 euros por contribuyente).

Aunque para quienes se benefician de esta medida fiscal podrán seguir aplicándoselo, y no tendrá carácter retroactivo, es decir sólo afectará a nuevos compradores a partir de esa fecha.

De hecho, hemos encontrado un artículo interesante en Idealista News en el que encontramos a expertos que opinan sobre como afectará en la vivienda la eliminación de la desgravación, y nosotros, como en artículos anteriores seguimos preguntándonos si 2012 es un buen año para adquirir una vivienda. Nosotros pensamos que ahora puede ser un buen momento para aprovechar el beneficio fiscal antes de que entre en marcha esta medida.

Te invitamos a consultar nuestro artículo Facilidades para acceder a una vivienda.

Exención fiscal del 50% en vivienda

El Gobierno comunicó el pasado 11 de Mayo, el anteproyecto de Ley con el que se pretende aprobar una serie de medidas para dinamizar el mercado de viviendas, entre las que destaca una exención fiscal del 50 por ciento de la plusvalía para compraventas realizadas hasta  lo queda de año. “Queremos incentivar la movilización de activos inmobiliarios” con esta nueva exención, ha resumido el Ministro de Economía, Luis de Guindos.

“Se va a establecer una exención del 50% de las rentas derivadas de la transmisión de inmuebles urbanos que sean adquiridos entre el 11 mayo y el 31 de diciembre, siempre que no exista vinculación entre las partes”, dijo la Ministra de Fomento, Ana Pastor, tras el consejo de ministros. La exención, dijo la Ministra, será aplicable en el IRPF, en el impuesto sobre la renta de no residentes y en el impuesto de sociedades, por tanto, la exención se aplicará  para personas físicas y para personas jurídicas.

Esta medida puede suponer un impulso para el mercado inmobiliario español y podrá beneficiar a aquellos compradores que no usarán estas casas como vivienda habitual pues cuando un particular vende su vivienda habitual, tiene una exención del 100% sobre la plusvalía (si dicho importe se reinvierte, en el plazo de dos años, en la compra de otra vivienda que vaya a ser considerada también como habitual).

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No solo las hipotecas desgravan por vivienda en el IRPF

Al igual que las hipotecas, los préstamos personales disfrutan de desgravación fiscal en el IRPF en el caso de que se destinen a la rehabilitación, ampliación, o adaptación de la vivienda habitual. La deducción se aplica tanto a las cuotas del préstamo como a los gastos asociados a la financiación, es decir, incluye las comisiones de apertura y cancelación del préstamo.

Los préstamos personales pueden ser una alternativa interesante para financiar obras o reformas en la vivienda por cantidades no muy elevadas. En comparación con las hipotecas, los préstamos personales tienden a tener comisiones más bajas, aunque los tipos de interés que se aplican son más elevados, y no llevan asociados gastos adicionales que sí tienen los préstamos hipotecarios, como la tasación de la vivienda.

Otra ventaja de los préstamos para la reforma de vivienda respecto a las hipotecas es que no es necesario que consten en escritura pública por lo que no se aplica el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

El límite máximo de deducción anual por inversión en vivienda está fijado desde el 1 de enero de 2011 en 9.040 euros con carácter general, aunque esta cantidad se amplía hasta los 12.080 euros en el caso de obras y adaptaciones en la vivienda por motivo de discapacidad.

Deducción por obras de mejora de eficiencia energética

Otra deducción interesante en el IRPF, aunque sólo está vigente hasta el 31 de diciembre de 2012, es la deducción por obras de mejora en la eficiencia energética de la vivienda. Si pedimos un préstamo destinado a lograr que nuestra vivienda haga un uso más eficiente de la energía, se podrá desgravar el 20% de las cantidades empleadas en estas obras, aunque con los límites máximos contemplados en la ley. Cabe destacar que en la declaración correspondiente al ejercicio 2011 este porcentaje de deducción se ha aumentado, ya que anteriormente era del 10%.

El límite máximo de esta deducción que se podrá aplicar en la declaración de 2011 es de 6.750 euros, frente a los 4.000 euros del ejercicio anterior, para contribuyentes de rentas inferiores a 53.007,20. Los contribuyentes con rentas entre 53.007,02 y 71.007,20 se podrán desgravar como máximo 6.750 euros menos la cantidad que resulte de multiplicar 0,35 por la diferencia entre su renta y 53.007,20.

Hay que tener en cuenta que esta deducción por obras de mejora de eficiencia energética es incompatible con la deducción por inversión en vivienda habitual. Por tanto, en caso de que el préstamo solicitado se haya destinado a reformas en el hogar que puedan beneficiarse de cualquiera de las dos deducciones, habrá que calcular cual es la desgravación que permitirá un mayor ahorro en el pago de impuestos.

Fuente: Inmodiario

La deducción por vivienda: El IRPF

Llega un año más la cita ineludible con el Fisco. Hace dos días se podía ya confirmar el borrador y el próximo 2 de mayo se inicia la campaña. Campaña que se ha visto colapsada durante los primeros días, ante la avalancha de consultas en Internet por parte de los contribuyentes para conocer rápidamente sus datos fiscales y proceder a confirmar el borrador. Lo que sea para cobrar cuanto antes.

Y la vivienda vuelve a ser una de las partidas estrella a la hora de deducirse. Una novedad en este ejercicio fiscal 2011, que, otra vez, todos los contribuyentes –no solo los que tenían, como hasta ahora rentas inferiores a 24.107 euros– podrán beneficiarse de la deducción por la compra de vivienda habitual.

Así, quien haya adquirido, construido, ampliado o rehabilitado su vivienda habitual podrá desgravarse hasta 9.040 euros. Y si el objetivo era adecuar la vivienda para personas con discapacidad, la base máxima alcanza los 12.080 euros.

A la recuperación de este incentivo fiscal habría que sumar la deducción por obras en las viviendas, que amplía el límite de renta máximo hasta los 71.007 euros. Además, se ha elevado el porcentaje de deducción del 10% al 20% y se ha aumentado el límite máximo anual por cada contribuyente a 6.750 euros.

También aquellos que vivan en alquiler podrán deducirse un 10% de la cantidad que hayan pagado, siempre y cuando sus ingresos no superen los 24.107 euros. Igualmente, los propietarios de estos inmuebles registrarán un sustancial ahorro, pues  este año verán libre de impuestos hasta el 60% de lo que hayan ingresado por el alquiler. E incluso podrán aumentar este porcentaje hasta el 100% si tienen alquilada la casa a jóvenes de entre 18 y 30 años (o 35 años si se firmó el contrato antes de este año).

En el lado negativo, la recuperación del impuesto de patrimonio obligará a pagar a aquellos propietarios de inmuebles que superan un valor de 300.000 euros o cuya suma de ahorros, vehículos, acciones u otros bienes estén por encima de los 700.000 euros. Unas cantidades que no son uniformes, ya que varían en función de la residencia fiscal del contribuyente afectado.

Fuente: Inmodiario